1° de mayo: desafíos urgentes con perspectiva de género
Resumen
Y es que la justicia social no se restringe a la percepción de un salario o de los derechos listados en el Código del Trabajo o en la convención colectiva.
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Y es que la justicia social no se restringe a la percepción de un salario o de los derechos listados en el Código del Trabajo o en la convención colectiva.
Lesbiana. Feminista. Licenciada en derecho por la UPOLI (2013). Candidata al magíster en derechos humanos y democratización por la Universidad Nacional de San Martín (2017). Docente investigadora del ICEJP-UPOLI.
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ISSN 2413-810X eISSN 2414-4428