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<journal-title specific-use="original" xml:lang="es">Ciencia e Interculturalidad</journal-title>
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<publisher-name>Universidad de las Regiones Autónomas de la Costa Caribe Nicaragüense</publisher-name>
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<subject>Ciencias Sociales</subject>
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<article-title xml:lang="es">Valparaíso como Patrimonio de la Humanidad, entre expulsión y participación</article-title>
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<trans-title xml:lang="en">Valparaíso
as a World Heritage Site, between expulsion and participation</trans-title>
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<label>1</label>
<p>Dr. en Filosofía. Académico-Investigador del
Instituto de Filosofía, Universidad Católica Silva Henríquez, C</p>
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<label>2</label>
<p>Dra. en Filosofía, Académica-Investigadora
de la Escuela de Filosofía, Universidad Católica Silva Henríquez, Chile. </p>
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<email>Dr. en Filosofía. Académico-Investigador del
Instituto de Filosofía, Universidad Católica Silva Henríquez, Chile. Correo
electrónico: jarias@ucsh.cl https://orcid.org/0000-0001-8985-9732</email>
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<season>Julio-Diciembre</season>
<year>2020</year>
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<title>Resumen</title>
<p> La declaración de la ciudad de Valparaíso como Patrimonio de la Humanidad conlleva no sólo un honor por sus cualidades geográficas y urbanas, a su vez, es un valor conceptual que se traduce en una serie de políticas que influyen en la organización de las formas de vida de quienes conforman dicho territorio. A través de este ejercicio, la ciudad rompe con su actividad social, para ser determinada por dispositivos externos, tales como políticas públicas emanadas de un poder central o como presiones de una economía que transforma y moldea el espacio según las órdenes del mercado, en vistas a convertirla en un producto comercial. Este artículo presenta el choque que se produce con las prácticas patrimoniales, que procuran reducir las formas de vida a un aparato conceptual abstracto y coartan la actividad de la ciudad en favor de una identidad ajena e impuesta. La metodología aplicada fue la hermenéutico-crítica, pero también la de observación de casos, y fuentes textuales. Se explicita la propuesta de la participación ciudadana, que puede configurarse como un ejercicio que rompa las estructuras normativas que rigen la ciudad.</p>
</abstract>
<trans-abstract xml:lang="en">
<title>Abstract</title>
<p> The declaration of Valparaíso City as a World Heritage Site carries not only an honor for its geographical and urban qualities, it is also a conceptual value translated into a series of policies that influence the organization of life ways of those who make up this territory. Through this exercise, the city breaks with its social activity, to be determined by external devices, such as public policies emanating from a central power or as pressures from an economy that transforms and shapes the space according to the orders of the market, in view of turning it into a commercial product. This article presents the clash that occurs with heritage practices that seek to reduce forms of life to an abstract conceptual apparatus and restrict the activity of the city in favor of an alien and imposed identity. The applied methodology was hermeneutic-criticism, but also observation of cases and textual sources. The proposal of citizen participation is made explicit, which can be configured as an exercise that breaks the regulatory structures that govern the city.</p>
</trans-abstract>
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<title>Palabras clave</title>
<kwd>Valparaíso</kwd>
<kwd> Patrimonio de la Humanidad</kwd>
<kwd> Humanidad</kwd>
<kwd> exclusión</kwd>
<kwd> participación ciudadana</kwd>
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<title>Keywords</title>
<kwd>Valparaíso</kwd>
<kwd> World Heritage</kwd>
<kwd> Humanity</kwd>
<kwd> exclusion</kwd>
<kwd> citizen participation</kwd>
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<sec sec-type="intro">
<title>I. Introducción</title>
<p> La Declaración de Valparaíso por Las Naciones Unidas como Patrimonio de la Humanidad, implica términos que contienen una larga historia conceptual, y que se han resignificado durante el Siglo XX a la luz de los fenómenos que desestabilizaron las estructuras tradicionales políticas y sociales. En particular, destaca un fenómeno colindante a esta pérdida de rigidez, como es lo ocurrido con la idea de soberanía que había marcado las políticas de la modernidad, pero que, al ir perdiendo su carácter hegemónico, los fenómenos a ella asociados también se verían influenciados, alcanzando nuevo valor e importancia. De esta manera, el Estado (sujeto tradicional de la soberanía) ya no sería únicamente el actor político por excelencia, ni el fin al que se deberían conducir los individuos de una sociedad, considerándolo como la verdad y el fundamento de esta<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_4161926012_ref30">[3</xref>]. </p>
<p> Este proceso de “ablandamiento” de las formas estatales propició que otros fenómenos sociales cobraran mayor relevancia dentro de la actividad política y jurídica. Esto conlleva nuevas fórmulas, un diálogo diverso entre dos tipos de sociedades que se mueven por intereses diversos, pero que tienen como punto medio al Estado. El mismo que antes había sido considerado como el fin inmanente de la sociedad, ahora surge como el momento mediador entre los intereses y exigencias de la sociedad internacional y de la sociedad civil. De esta manera, cada uno de los referentes que se han señalado (patrimonio, derecho y humanidad) verán modificadas sus formas, tanto de presentación como de actividad en relación con la sociedad, resignificándose y revalorizándose a partir de nuevos vínculos y exclusiones. </p>
<p> Entonces, el patrimonio considerado como un derecho de la humanidad, ¿debe ser comprendido como un bien social? En esta línea, su concepción, cuyo genitivo (que sea un derecho de la humanidad) le da un carácter universal, ¿tiene un valor meramente jurídico o tiene un devenir fáctico? Continuando en esta línea, ¿qué sucede concretamente con este patrimonio sui generis en los territorios que han sido categorizados de esta manera?, ¿se han convertido en territorios sociales, abiertos a la comunidad o en pasarelas turísticas en desmedro de sus habitantes?</p>
<p> Como se ve en estas preguntas, se busca que la generalización tenga un lugar de límite, situando la reflexión en un territorio específico que, en este caso, es Valparaíso. Entendemos aquí el territorio no en su determinación clásica, apegada a la realidad constitucional pensada como la “extensión geográfica terrestre, marítima y área en la cual se despliega la autoridad del Estado y se ejerce el poder” (<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_4161926012_ref7">García Pino, 2015, p. 946</xref>), sino bajo una determinación jurídica diversa, en abierto diálogo y en cruce con los actores sociales. Se mantienen entonces unas fronteras políticas y jurídicas, que se encuentran determinadas por las políticas estatales, como lo ha señalado Kymlicka, pero comprendidas bajo nuevas dinámicas y sociales:</p>
<p>
<disp-quote>
<p>En principio, estas fronteras
tienen una relevancia jurídica: indican a qué derecho estamos sometidos, y qué
personas e instituciones ejercen autoridad sobre el territorio. En el pasado,
este pudo haber sido el único significado de las fronteras políticas. Pero en
las democracias modernas las fronteras de los Estados nación son más que eso.
También definen un cuerpo de ciudadanos –una comunidad política- que se percibe
como titular de la soberanía, y cuya voluntad e intereses conforman los
estándares de legitimidad política. (2006, p. 45)</p>
<p>Este artículo establecerá un
diálogo con los elementos conceptuales mencionados, a fin de señalar las
situaciones que se han regularizado en Valparaíso, apelando a que su
universalidad hace que se produzcan quiebres en su aplicación, no pudiéndose
generar una práctica social horizontal. Esta posibilidad sería la dada a través
de la idea de participación social, que pondría en actividad lo que las
fórmulas universales pierden, lo que será presentado al final del artículo.</p>
</disp-quote>
</p>
</sec>
<sec>
<title>I. Material y metodología</title>
<p> A fin de desarrollar este trabajo, se aplicó un método hermenéutico-crítico basado en el análisis de textos, para ello se seleccionará un corpus conceptual, que permitirá instaurar un protocolo de lectura sobre el problema abordado. Es importante señalar que, al análisis crítico de textos, añadimos la observación de casos, lo que dice relación con la ampliación metodológica proveniente del campo de la Historia de las Ideas Latinoamericanas <xref ref-type="bibr" rid="redalyc_4161926012_ref19">(Roig, 2013</xref>) y que comprende la extensión de la noción de texto a “otros discursos” (Arpini, 2006).</p>
<p> De este modo, y debido a la complejidad de la problemática que aquí abordamos, acudimos a un “pluralismo metodológico” (G<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_4161926012_ref6">abriele, 2007</xref>), lo que posibilita abordar el objeto de estudio desde diferentes miradas. Ciertamente, como indica Agamben en su libro Signatura rerum, dedicado al método (2010), este, el método, es inseparable del contexto en el que opera, por lo que no existe una metodología única para abordar problemáticas diversas y contextualizadas. </p>
</sec>
<sec>
<title>Patrimonio y soberanía

Partiendo del patrimonio, como
algo perteneciente a la humanidad, encontramos que esta idea nace como un
choque a las políticas del modelo moderno, poniéndoles un freno y ofreciendo un
panorama nuevo a la marca de dominio y dominación que las había determinado<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_4161926012_ref31">[4]</xref>. La puesta en entredicho del modelo soberano moderno provoca un
intersticio, pues si la soberanía en la modernidad temprana iba aparejada a la
idea de un territorio, entendido como el lugar físico donde se ejerce el poder
soberano (tal es, por cierto, hasta el día de hoy la definición jurídica de
territorio[<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_4161926012_ref32">5</xref>]), la concepción jurídica de Patrimonio de la Humanidad surge,
justamente, para romper con este carácter que liga un territorio a un poseedor
del mismo, es decir, rompe con la idea de un territorio como un bien
susceptible de ser poseído por algo o alguien. 

La primera designación de un
Patrimonio común de la Humanidad surgió en el contexto del Derecho marítimo,
tal como señala Tello (cf. 2007), para referirse a aquellas áreas que por
profundidad y lejanía no podían ser explotadas por la limitada tecnología de la
época. Con el paso del tiempo y el avance de las tecnologías, dicha lejanía se
haría cada vez más próxima a nivel de explotación, pero lo suficientemente
lejana para no poder ser reclamada por los Estados, por escapar de sus límites
fronterizos marinos. Pudiendo ser explotados, pero no reclamados, mediante una
propuesta ante la ONU en 1967, aquellos territorios serían considerados
Patrimonio Común, y la extracción de sus recursos se haría en vistas a un
interés de la humanidad (cf. Tello, 2007, p. 123). Sin embargo, esta calidad de
ser patrimonio de todos y, al mismo tiempo, de nadie, suscita inmediatamente el
conflicto de aquello que se piensa cuando se dice interés: ¿quién juzga y quién
decide qué es un interés humano?[<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_4161926012_ref33">6</xref>] Con esto, y visto lo que acontece con el Patrimonio común de la
humanidad ahí donde la soberanía queda marginada (al menos jurídicamente), el
problema reluce con mayor claridad teó<bold>ri</bold>ca. 

A diferencia del anterior, el
Patrimonio cultural es una suerte de capital sui generis[<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_4161926012_ref34">7]</xref> que debe ser administrado y cuidado por los Estados soberanos.
Son locaciones geográficas, situadas y relacionadas con diversas formas de vida
–tanto locales como foráneas-, cuyo desarrollo debe establecerse en una
continuidad temporal entre pasado, presente y futuro, para preservar el
patrimonio y lograr un desarrollo sustentable <xref ref-type="bibr" rid="redalyc_4161926012_ref26">(cf. UNESCO, 2014)</xref>. </title>
<sec>
<title>La humanidad como universal</title>
<p> El Derecho romano ya contemplaba la existencia de las res communes omnium –cosas comunes a todos los hombres y que no podían ser apropiadas por ningún individuo- como el aire, el agua y el mar. La idea latina sigue teniendo vigor, aunque contiene matices con el mismo carácter problemático que presentaba en el universo romano, dado que algunas de aquellas res communes omnium pertenecían a la res publicae, esto es, aquellas cosas que pertenecían al pueblo romano. Opera aquí el poder ideológico de aquello que puede ser entendido dentro del dominio de lo público, pues para los romanos ciertos hombres lo eran más que otros, e incluso, algunos quedaban fuera de tal cualidad y, por tanto, fuera del pueblo romano. Esto se conecta con la idea del bárbaro griego: aquel otro que no pertenecía ni a su cultura ni a su universo político-religioso. En rigor, la idea de bárbaro no implicaba una designación negativa sino al extranjero sin más, y, sin embargo, ya contenía una carga específica, tal como indica Heidegger en la Carta sobre el humanismo: “El homo humanus se opone al homo barbarus. El homo humanus es ahora el romano, que eleva y ennoblece la virtus romana al «incorporarle» la παιδεία tomada en préstamo de los griegos” (2006, pp. 21-22). Lo común a todos, por tanto, era solo para aquellos que cabían dentro de una cierta idea de hombre.</p>
<p> Esto da cuenta del peligro que conlleva todo tipo de universalidad. No suenan extrañas las palabras de Hegel cuando se pregunta ¿Quién piensa abstractamente?: “Esto significa pensar abstractamente: no ver en el asesino más que esto abstracto, que es un asesino, y mediante esta simple propiedad anular en él todo remanente de la esencia humana” <xref ref-type="bibr" rid="redalyc_4161926012_ref12">(Hegel, 2007, p. 154).</xref> Así, los bárbaros, por ejemplo, al no ajustarse a aquella paideía a la que hace mención Heidegger, perdían la cualidad de homo humanus. En materia de Patrimonio, esto significa que algunas cosas que son comunes para todos, lo son para ciertos hombres más que para otros, por ser, justamente, “más hombres” (humanos) que otros. La res communes omnium reducida a res publicae conlleva a este tipo de asertos, que pueden sonar alejados, pero que conviene tener en cuenta al momento de hablar de un Patrimonio común a toda la Humanidad</p>
<sec>
<title>En este nivel de abstracción, lo
presentado no deja de ser problemático al aplicarlo a una realidad concreta:
que un Patrimonio específico pertenezca a la Humanidad implica un problema
nominalista potente, pues ¿quién es la humanidad? 

Es interesante destacar que la
labor de precisión la cede la UNESCO a los Estados, siendo estos los
responsables de su cuidado y mantenimiento. El corolario de este fenómeno es la
conversión del Patrimonio como imagen de la nación soberana, volviéndose su
signo y símbolo, su cara visible. De hecho, el Patrimonio se tiende a presentar
con una carga esencialista, la verdad con la que una nación se proyecta al
mercado volviéndose una marca, un producto comercial, objetivado gracias a la
acción económica. Fenómeno que ocurre tanto a nivel local como internacional.
No es extraño ver la propaganda de ciertos Estados que salen a venderse afuera,
llenando las calles de países vecinos para publicitarse y atraer al turismo
resaltando sus cualidades. Es lo que ciertos autores han visto como el proceso
capitalista de producción de ciudades-marca: “la marca-Barcelona, pero también
podríamos hablar de la marca-Bogotá, la marca-Guayaquil, la marca-Quito” (<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_4161926012_ref15">Kingman, 2004, p. 31; tomado de: Tello, 2010, p. 12</xref>6).
Andrés Tello, complementando esta cita, añade: “En Chile, es emblemático el
caso de la marca-Valparaíso, con ejes patrimoniales construidos en base a la
restauración de fachadas y edificios centrales, pero que realmente esconden la
situación de marginalidad de sus espacios interiores” (2010, p. 126).

El llamado del Estado, a través
de esta identificación de una ciudad con una imagen o marca específica, es
reduccionista en un doble sentido: por un lado, reduce –estrecha- la comunidad
que es difundida y promocionada a una imagen y producto para ser consumido y,
por otro, reduce –restringe- la vida de la comunidad para enmarcarla dentro de
esta imagen, perpetuándola y haciéndola caer en la lógica del museo.
Ciertamente la producción de marca es una conversión de las formas de vida bajo
la lógica del mercado, para convertirla en objeto de consumo: “La marca
territorial es, primero, expresión de la identidad antropológica de una
localidad y, segundo, representa la fortaleza competitiva de una región
mediante una imagen intangible de valor diseñada para potenciar al consumidor a
través de su marca” (<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_4161926012_ref18">Rodríguez-Villamizar, 2014, p.
30). </xref>De esta manera, el Patrimonio Cultural de la Humanidad se convierte en una
estrategia comercial, que utiliza como objeto aquello que justamente expulsa de
su órbita, para insertar, en cambio, una imagen reflejada, pero estática, de
las comunidades locales. </title>
<p>
<disp-quote>
<p>La gestión económica de
los bienes patrimonio mundial se han constituido en uno de los mercados más
rentables del turismo cultural. Antiguas y deterioradas fábricas, puertos y
centros históricos que estaban despoblados y en ruinas, y que eran consideradas
sin mayores atractivos para los inversionistas o para la comunidad, a raíz de
su declaratoria patrimonial se han reconvertido, pasando en muchos casos a
constituirse en ejes de reactivación económica de la región o ciudad que los
posee, estimulando el interés social por estas calificaciones<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_4161926012_ref9"> (Guerrero, 2011,
p. 302)</xref>
</p>
<p>Sin embargo, y como destaca Luca Sabastiani (2017), el crecimiento señalado se mueve bajo
una doble lógica de inclusión-exclusión: “una minoría selecta ligada al
capitalismo rentista obtiene beneficios, mientras que amplios sectores
populares sufren crecientes desigualdad, exclusión y pobreza” (p. 196). En este
sentido, Saskia Sassen
(2015) destaca que esto no se da espontáneamente, sino que responde a una sistemática
y a patrones específicos, son expulsiones determinadas tanto a nivel político
como financiero para establecer un tipo particular de orden. Entonces, dado que
hay un mercado patrimonial que sale al extranjero para publicitarse y venderse
como marca de un Estado, acontece una lógica de exclusión potenciada desde el
extranjero con la clasificación patrimonial y el entramado financiero que ello
conlleva. Por otra parte, aquello que justifica y valida este proceso de
intervención sobre las actividades sociales es la revalorización a nivel
económico del territorio, pero de una economía excluyente, cuyos beneficiarios
son los grandes inversionistas. Tal como señala Gey Espinheira en relación al caso del centro colonial de
Bahía, Pelourinho:</p>
</disp-quote>
</p>
<p>
<disp-quote>
<p>Con el correr del tiempo,
el proceso de incorporación de esa área de la ciudad a una dinámica económica
moderna se centró en el turismo cultural como prioridad y éste,
paradójicamente, generó efectos perversos, amplios y profundos, siendo el
principal el propio vaciamiento cultural y su sustitución por un conjunto de
actividades: actores, bailarines, músicos, cantores, bandas de percusión y
grupos, colocados todos en un escenario colonial. Hablamos de restaurantes,
boutiques, bares, los más diversos almacenes y talleres de oficios cargados de
un énfasis en lo lúdico representacional (2005, p. 71).</p>
</disp-quote>
</p>
<p> Estas palabras, aunque hacen mención a un territorio específico, bien valen para el caso de Valparaíso en, al menos, los últimos 15 años, particularmente en los casos de Cerro Alegre y Cerro Concepción. De los 42 cerros que componen Valparaíso, apenas un puñado de ellos ha sido privilegiado por la UNESCO como Patrimonio de la Humanidad[<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_4161926012_ref35">8</xref>]. Esto que a primera vista es un honor a escala mundial, conlleva irremediablemente un problema que se mueve a contraluz: los privilegios de unos han generado exclusiones para otros. Basta con caminar por las calles principales de la ciudad, como Av. Alemania, que horizontalmente recorre gran cantidad de sus cerros a través del llamado “camino cintura”, para verificar las diferencias sociales que se dan entre un cerro y otro. O bien, una experiencia aún más clarificadora, recorrer verticalmente la ciudad, traspasando el eje marcado por la misma avenida y subir a los cerros y recorrer sus quebradas, donde se han asentado de manera naturalizada poblaciones vulnerables que, año tras año, sufren daños y catástrofes como incendios que muchas veces conducen a la pérdida total de sus viviendas.[<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_4161926012_ref36">9</xref>] </p>
<p>Experiencias como estas
significan y resignifican la idea que existe del Puerto de Valparaíso,
alejándose de las luces nocturnas que se ven desde la bahía hacia los cerros,
de su calidad de “ciudad anfiteatro”[<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_4161926012_ref37">10</xref>], y de sus barrios más turísticos y patrimoniales. Pues esta
ciudad que mira al Pacífico, así como atrae, se resiste a ser domesticada por
políticas públicas insuficientes, rechazadas por gran parte de su población,
haciendo que esta condición de resistencia, de constante exclusión, sea el
sello distintivo de su forma de residir.[<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_4161926012_ref38">11</xref>]</p>
<sec>
<title>Participación ciudadana y ruptura
con el universal</title>
<p> Desde esta perspectiva, han sido los movimientos sociales los que han resignificado la condición patrimonial del Puerto de Valparaíso, postulando el derecho a participar de él, luchando contra el proceso de museización apartado del acontecer diario de la comunidad. “La tendencia de estos movimientos de defensa patrimonial urbano, tienen como principal propósito contrapesar el poder y estimular los procesos democráticos de participación ciudadana, generando a su vez conciencia cívica respecto de que todos somos dueños de la ciudad y corresponsables de ella” (<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_4161926012_ref21">Rojas y Bustos, 2015, p. 159)</xref>.</p>
<p> Frente esta propuesta ciudadana se encuentra el revés político clásico, con una perspectiva centralista determinada por procesos soberanos que han procurado ir al rescate de Valparaíso a través de una política patrimonial que se llamó (en la década de los noventa del siglo pasado y la primera del dos mil) “Plan Valparaíso”, que puso el acento en fórmulas para ofrecer una cara moldeada e higienizada al turista, y la intervención del territorio y del paisaje por parte de grandes inmobiliarias. El fin de esta intervención es, según Pablo <xref ref-type="bibr" rid="redalyc_4161926012_ref3">Andueza (2010):</xref> “el plan de reactivación se haría conjuntamente ‘con su postulación ante organismos internacionales para su reconocimiento como ciudad patrimonio de la humanidad’. No hay duda que la combinación entre reactivación de la ciudad y la economía del patrimonio fue considerada en el discurso de fines de los noventa una ‘dupla ganadora’” (p. 1).</p>
<p> Como señala Andueza, no es raro que frente a esta presentación unilateral, “era esperable –si se quiere como reacción a esta visión economicista-, que la ciudadanía haya entrado al juego patrimonial buscando incidir en las decisiones sobre la inversión territorial que les afecta ejerciendo un importante control a la actividad económico patrimonial” (p. 2). Este fenómeno constituye una clara respuesta a las conceptualizaciones presentadas en este artículo, que suponen una ruptura con los procesos de planificación estatal y el ejercicio de la fuerza desde los organismos soberanos, a partir de intervenciones sociales. Las expulsiones propiciadas por las prácticas económicas provienen de una lógica política y jurídica cuyo derecho le precede, y este supone el gesto coercitivo del uso de la fuerza. La participación ciudadana y la transformación social, por el contrario, implican un gesto poietico de construcción de la norma a partir de la misma práctica social y ciudadana. Es por ello que la construcción de espacio y la apertura a nuevas formas de relaciones, marginales siempre, no requieren de un centro para justificarse. Sin embargo, y a contra luz, el centro procura asumirlo para restarle el carácter de resistencia. Semejante resistencia a esta implantación unilateral es lo que define esta actividad y conduce a otras maneras de entender y ejercer un poder diferente al implementado por el Estado. “[E]l poder no está asociado por fuerza a la autoridad, aun cuando suele potenciarse con esta dignidad. El poder es inherente a cualquier grupo social en la medida que éste busque –consciente o inconscientemente- poseer un mayor control sobre las cosas que le rodean” <xref ref-type="bibr" rid="redalyc_4161926012_ref2">(Andueza, S/F, p. 1</xref>).</p>
<p> Siguiendo al autor, queda abierta la brecha de la participación de los ciudadanos del Puerto de Valparaíso, que constituye una dimensión democrática a un nivel más alto que al de la simple actividad representativa que suponen los estados democráticos, puesto que debe ser pensada como “el comportamiento (colaborativo/conflictivo) de los gobernados conducentes a incidir en su espacio social” (<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_4161926012_ref2">Andueza, S/F, p. 5</xref>). La cualidad específica de la participación tiene una riqueza superior al proceso de representatividad, pues contiene dos aspectos que escapan de la mera elección sufragista: el constructivo (“que es funcional al proceso de gobierno de un grupo o que tienda a su perfeccionamiento o control” <xref ref-type="bibr" rid="redalyc_4161926012_ref2">(Andueza, S/F, p. 5))</xref> y el contestatario (que busca “transformar el orden político propuesto por los gobernantes<xref ref-type="bibr" rid="redalyc_4161926012_ref2">” (Andueza, S/F, p. 5)</xref>). Esta forma de escapar a los modelos políticos establecidos entraña un elemento anterior al jurídico –el propiamente político- que constituye su fundamento. De este modo, siguiendo semejante movimiento, no vertical y jerárquico, sino horizontal, se produce un acontecer inmanentista de las estructuras objetivas que nace a partir de dicha participación, permeando en los procesos legislativos de quienes, a su vez, han sido elegidos por la sociedad para representarlos</p>
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<title>IV. Conclusiones</title>
<p> El reflexionar sobre el nombramiento de Patrimonio de la Humanidad de una comunidad concreta, nos ha llevado a describir el universo abstracto en el que se mueven tales determinaciones. Ello ha permitido apreciar el choque que se produce cuando se quiere plasmar un modelo ideal en formas concretas de vida, pues su resultado no puede ser otro que una implantación, que produce diversos niveles de segregación y exclusión. Esto se ha destacado a nivel teórico-filosófico por ser un problema que se mueve bajo este registro: toda aplicación de la norma, que pretende tener un tipo de validez universal, produce un quiebre cuando se aplica sobre lo particular. </p>
<p> Algo semejante acontece con las formas estatales clásicas: producido el quiebre de la potencia soberana y la aplicación de su fuerza sobre un territorio especifico, la misma idea de Estado se licúa perdiendo su centro, para pasar a cumplir una función específica dentro de la estructura política. Las distintas sociedades le imponen sus exigencias, a las que el Estado debe responder. De alguna manera, sigue siendo el centro —como mediador—, pero es un centro móvil y abierto, ya no cerrado sobre sí mismo.</p>
<p> Con estas dos premisas, la idea misma de territorio aparece abierta, por lo que cualquier tipo de coerción y dominio escapa a las nuevas formas post-soberanas del acontecer político. Estas requieren otras formas de participación, vinculadas a los movimientos sociales, los que deben reordenar su propia estructura, evitando las intervenciones centralistas e, inclusive, internacionales.</p>
<p> El caso de Valparaíso es un claro ejemplo de las más diversas intervenciones. La idea de Patrimonio de la Humanidad al contener los elementos abstractos que se han señalado ha funcionado como herramienta de exclusión y expulsión. Valparaíso —en particular los lugares que constituyen su sector patrimonial— ha sufrido el proceso de higienización para mantener no sólo la limpieza y la seguridad, sino para ser convertido en un producto presto para ser consumido. La respuesta a través de la idea de participación, por su expresión horizontal e inmanente en la relación ciudadana, se presenta como real forma democrática de habitar un espacio, pues ella crea las urgencias en las que los habitantes disponen su existencia y reestablece los resortes políticos que luego serán convertidos en materia para la ordenación normativa.</p>
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<title>V. Lista de referencias</title>
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<mixed-citation>Tello, A. (2010). “Notas sobre las políticas del patrimonio cultural.” En: <italic>Cuadernos Interculturales</italic>, vol. 8, nº 15, pp. 115-131.</mixed-citation>
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<article-title>“Notas sobre
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<source>Cuadernos Interculturales, vol. 8, nº 15, pp. 115-131.</source>
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<mixed-citation>UNESCO (2014). <italic>Indicadores UNESCO de cultura para el desarrollo. Manual Metodológico</italic>. Recuperado de: https://es.unesco.org/creativity/sites/creativity/files/iucd_manual_metodologico_1.pdf</mixed-citation>
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<article-title>Indicadores UNESCO de cultura para el desarrollo. Manual
Metodológico. R</article-title>
<source>Manual Metodológico. Recuperado de: https://es.unesco.org/creativity/sites/creativity/files/iucd_manual_metodologico_1.pdf</source>
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https://es.unesco.org/creativity/sites/creativity/files/iucd_manual_metodologico_1.pdf</comment>
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<mixed-citation>Weber, M. (2002). <italic>Economía y sociedad</italic>. México: FCE.</mixed-citation>
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<article-title>Economía y sociedad</article-title>
<source>Economía y sociedad. México: FCE</source>
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<mixed-citation>[<sup>1</sup>]    Dr. en Filosofía. Académico-Investigador del Instituto de Filosofía, Universidad Católica Silva Henríquez, Chile. Correo electrónico: jarias@ucsh.cl https://orcid.org/0000-0001-8985-9732</mixed-citation>
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<source>Universidad Católica Silva Henríquez, Chile.</source>
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<mixed-citation>[<sup>2</sup>]    Dra. en Filosofía, Académica-Investigadora de la Escuela de Filosofía, Universidad Católica Silva Henríquez, Chile. Correo electrónico: mavila@ucsh.cl : http://orcid.org/0000-0002-9347-2191</mixed-citation>
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<mixed-citation>[<sup>3</sup>]    Una definición que destaca este carácter teleológico de la sociedad política moderna es la de Hegel en su Filosofía del Derecho: “El Estado, como la realidad de la voluntad sustancial, a la cual posee en la autoconciencia particular elevada a su universalidad, es lo racional en sí (an sich) y para sí. Esta unidad sustancial es autofinalidad absoluta e inmóvil, en la que la libertad llega a su derecho supremo, así como ese fin último tiene el derecho supremo frente a los individuos cuyo supremo deber es el de ser miembros del Estado” (2000, p. 302).</mixed-citation>
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<source>Una definición que destaca este carácter teleológico de la sociedad política moderna es la de Hegel en su Filosofía del Derecho: “El Estado, como la realidad de la voluntad sustancial, a la cual posee en la autoconciencia particular elevada a su universalidad, es lo racional en sí (an sich) y para sí. Esta unidad sustancial es autofinalidad absoluta e inmóvil, en la que la libertad llega a su derecho supremo, así como ese fin último tiene el derecho supremo frente a los individuos cuyo supremo deber es el de ser miembros del Estado” (2000, p. 302).</source>
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<mixed-citation>[<sup>4</sup>]     Weber, en Economía y sociedad, realiza una tipificación de la dominación moderna, donde destacan tres tipos legítimos: dominación de carácter racional, de carácter tradicional y de carácter carismático (2002, p. 172).</mixed-citation>
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<source>Weber, en Economía y sociedad, realiza una tipificación de la dominación moderna, donde destacan tres tipos legítimos: dominación de carácter racional, de carácter tradicional y de carácter carismático (2002, p. 172).</source>
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<mixed-citation>[<sup>5</sup>]     En el Diccionario Constitucional Chileno (García et al., 2015) encontramos la siguiente definición: “El territorio, por sí solo y en cuanto accidente geográfico, no es relevante para el Derecho- Solo adquiere relevancia en cuanto articula las relaciones normativas entre sujetos (por ejemplo, entre el Estado y sus ciudadanos o entre estados). El territorio se clasifica en terrestre, aéreo y marítimo” (p. 946).</mixed-citation>
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<source>En el Diccionario Constitucional Chileno (García et al., 2015) encontramos la siguiente definición: “El territorio, por sí solo y en cuanto accidente geográfico, no es relevante para el Derecho- Solo adquiere relevancia en cuanto articula las relaciones normativas entre sujetos (por ejemplo, entre el Estado y sus ciudadanos o entre estados). El territorio se clasifica en terrestre, aéreo y marítimo” (p. 946).</source>
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<mixed-citation>[<sup>6</sup>]     Francisco José Mönckeberg (2012) analiza, a la luz de la era global, las instituciones que deben hacerse cargo de limitar y controlar la acción de aquellos intereses particulares sobre los intereses comunes que debe regir estos territorios no sometidos a poderes soberanos.</mixed-citation>
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<source>Francisco José Mönckeberg (2012) analiza, a la luz de la era global, las instituciones que deben hacerse cargo de limitar y controlar la acción de aquellos intereses particulares sobre los intereses comunes que debe regir estos territorios no sometidos a poderes soberanos.</source>
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<mixed-citation>[<sup>7</sup>]     Así lo define la UNESCO (2014): “[l]a noción de patrimonio es importante para la cultura y el desarrollo en cuanto constituye el ‘capital cultural’ de las sociedades contemporáneas” (p. 132).</mixed-citation>
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<mixed-citation>[<sup>8</sup>]    Los límites que comprende la zona Patrimonial de Valparaíso se pueden ver en: http://barriopuertopatrimonial.blogspot.com/</mixed-citation>
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<source>Los límites que comprende la zona Patrimonial de Valparaíso se pueden ver en: http://barriopuertopatrimonial.blogspot.com/</source>
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<mixed-citation>[<sup>9</sup>]    Muchos ejemplos de esta situación aparecen solo en la prensa, donde se señala esta realidad porteña. A nivel académico destacamos un interesante trabajo para optar al grado de Magíster (Barrales, 2017), titulado “Vulnerabilidad socionatural en cerros y quebradas de Valparaíso: Decisiones de políticas públicas a propósito del gran incendio de 2014”, donde se evidencian las condiciones en las que viven los habitantes de los cerros, así como las mínimas injerencias que han tenido las autoridades políticas en tales territorios.</mixed-citation>
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<mixed-citation>[10]   Cf. el estudio de Glenda Kapstein (2009).</mixed-citation>
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<source>Cf. el estudio de Glenda Kapstein (2009).</source>
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<mixed-citation>[11]   En este sentido, ha sido la literatura la que ha procurado reflejar la condición excluida del habitante porteño. Destacamos al respecto el artículo de Rojas y Sentis (2016).</mixed-citation>
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<surname>[11] En este sentido</surname>
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<source>En este sentido, ha sido la literatura la que ha procurado reflejar la condición excluida del habitante porteño. Destacamos al respecto el artículo de Rojas y Sentis (2016).</source>
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