Arbitraje de equidad: amigable componedor-ex aequo et bono o arbitraje técnico, ¿cuál debe ser la opción aplicable a los contratos de ingeniería y construcción?

Autores/as

DOI:

https://doi.org/10.5377/derecho.v1i33.15726

Palabras clave:

Resolución, Equidad, Amigable componedor, Ex aequo et bono, Profesionales y técnicos

Resumen

Existe en el país el entendimiento equívoco que todo arbitraje de equidad, inclusive en las controversias derivadas de contratos de ingeniería y construcción, el tribunal arbitral emitirá el laudo a conciencia, a verdad sabida y buena fe guardada. Resulta que la Ley de Mediación y Arbitraje, plantea dos supuestos específicos y de ahí surge la inadecuada aplicación de la ley. En la práctica, en diversas controversias de arbitraje de equidad de construcción se omite la obligación de nombrar árbitros profesionales y técnicos para conocer de la complejidad de los contratos de construcción, además, se omite un conjunto de reglamentos y normativas que son de obligatorio cumplimiento para un tribunal conformado por técnicos y profesionales. El presente trabajo analiza esa problemática y contribuye al mejor entendimiento de lo previsto en la ley como obligación del tribunal arbitral conformado por profesionales y técnicos.

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Resumen
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Biografía del autor/a

José René Orúe Cruz, Universidad Centroamericana (UCA, Nicaragua)

El autor es nicaragüense, Abogado y Notario Público, Magister en Comercio Internacional y Derecho de Integración por la Universidad de Valladolid; Profesor titular Universidad Centroamericana UCA-Nicaragua.

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Publicado

08-02-2023

Cómo citar

Orúe Cruz, J. R. (2023). Arbitraje de equidad: amigable componedor-ex aequo et bono o arbitraje técnico, ¿cuál debe ser la opción aplicable a los contratos de ingeniería y construcción?. Revista De Derecho, 1(33), 45–71. https://doi.org/10.5377/derecho.v1i33.15726

Número

Sección

Artículos